Tareas para la obtención del Marcado CE
Tareas para el Marcado CE para puertas: Distinguiremos las tareas según las puertas
1) Tareas para la obtención del Marcado CE en Puertas Industriales, comerciales, de garaje y portones
Desde el 1 de Mayo de 2004, el Marcado CE es obligatorio para todos los fabricantes de puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Afecta al producto terminado; se determinarán las características técnicas de la puerta, y en función del resultado, será apto para unas condiciones u otras.
El Marcado CE representa el nivel mínimo de seguridad que debe alcanzarse para poder comercializar el producto acabado en Europa, y garantiza que cumple los requisitos esenciales de seguridad de la antigua Directiva 89/106/CEE “Productos de Construcción” y en la actualidad del Reglamento de Productos de La Construcción (UE) 305/2011 que la sustituye a partir del 1 de Julio de 2.013.
La Norma UNE EN 13241-1 es la norma especifica de este tipo de puertas. Está armonizada con la anterior Directiva y Reglamento actual de Productos de la Construcción; también es llamada “Norma de Producto”. Se refiere a puertas industriales, comerciales, de garaje y portones.
Según la precedente Directiva y el Real Decreto 1630/1992, el marcado CE de una puerta conlleva la previa evaluación de la conformidad de cada producto. A tal fin se realizan una serie de tareas y se establecen unos requisitos, que serán evaluadas por organismos notificados y/o realizadas por el propio fabricante. Las tareas a desarrollar son las siguientes:
- Ensayos Iniciales de Tipo (EIT) del producto, realizadas por un organismo notificado, según las características indicadas en el Anexo ZA (tabla ZA.1) de la correspondiente norma armonizada de aplicación.
- Tener implantado un sistema de Control de Producción en Fábrica (CPF) adecuado que garantice la correcta fabricación y el cumplimiento de los valores que se declaran en el Marcado CE. El tener implantado un sistema de CPF de conformidad con la normas ISO 9000 se considera suficiente para cumplir este requisito.
Los organismos autorizados para realizar la certificación pueden ser:
- Organismos de certificación de producto, incluyendo el control de producción en fábrica y los ensayos iniciales de tipo.
- Organismos de inspección, que certifican el control de producción en fábrica del fabricante.
- Laboratorios de ensayo, que realizan los ensayos iniciales de tipo de los productos.
Tras la entrada en vigor del Reglamento de Productos de la Construcción se simplifica el sistema de ensayos para las microempresas pasando del sistema 4 al 3, en el que el fabricante puede auto-ensayar sus productos. (ver nuestras guias)
2) Tareas para la obtención del Marcado CE en Puertas Peatonales
La norma de producto de estas puertas es la UNE-EN 13361-2014. Esta norma está pendiente de armonización con el Reglamento de Productos de la Construcción.
Hasta dicho momento las puertas peatonales deben marcarse CE cumpliendo los requisitos establecidos por la Directiva de Máquinas; al ser consideradas verdaderas máquinas. No obstante las puertas nuevas que cumplan los requerimientos de la norma UNE-EN 13361-2014 se entiende que cumplen aquella normativa y pueden marcarse CE.
Los requisitos para el marcado CE son básicamente los mismos establecidos para las puertas Industriales. Nos remitimos a lo indicado en nuestra Guía para el marcado CE de las puertas Peatonales de acuerdo con la norma UNE-EN 13361-2014.